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Manifiesto
Universitario en favor del derecho a nacer |
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I. Declaramos que la práctica sistemática del aborto voluntario es incompatible con el derecho a la vida. La muerte provocada de millones de niños antes de su nacimiento es una lacra social tan extendida que podemos hablar de que se está imponiendo una verdadera “cultura de la muerte” II. La
cultura de la muerte es causada por
una
manipulación ideológica de los Derechos Humanos,
que pretende excluir de su
aplicación a los seres humanos antes del momento del
nacimiento. A través de
los medios de comunicación muchos Estados e Instituciones
transmiten la idea de
que el niño no nacido carece de derechos, bien porque no
puede ser considerado
como persona antes del nacimiento, bien porque ni siquiera se considera
que
existe un ser humano en las primeras etapas de su desarrollo. III. Esta
mentalidad tiene que dar paso a la
defensa del derecho a nacer de todos los hombres y mujeres, con
independencia
de las circunstancias en que su vida se está desarrollando. IV. El
derecho a nacer se fundamenta en razones
biológicas, filosóficas y jurídicas. V. El
punto de partida se encuentra en la
divulgación de los avances genéticos y
científicos que permiten, hoy en día,
determinar el llamado “estatuto biológico del
embrión”, es decir, definirlo
como un individuo, un ser humano desde el primer momento de su
existencia. La
ciencia permite reconocer la identidad de este individuo a lo largo de
las
sucesivas etapas de su desarrollo, y, por lo tanto, fundamentar su
reconocimiento social y jurídico como persona. VI. Desde el punto
de vista antropológico parece necesario comprender la
condición personal
-fundadora de los derechos elementales- como estructura
ontológica del ser
humano desde el primer momento de su existencia, no vinculando esa
condición
personal a la posibilidad de realizar actualmente determinadas
operaciones
(autoconciencia, libertad, etc.). El planteamiento contrario compromete
la
universalidad de los Derechos Humanos e introduce la posibilidad
intolerable de
una “jerarquía de dignidad” basada en
criterios más o menos arbitrarios.
Rechazamos, por tanto, la diferenciación entre un supuesto
estatuto biológico
del embrión diferente de su estatuto ontológico
personal. VII.
Limitar
el concepto jurídico de persona a
los
que ya han nacido es correcto para determinados derechos que exigen por
su
propia naturaleza el previo nacimiento o el desarrollo de su
personalidad: por
ejemplo, el derecho al nombre, a adquirir un patrimonio o los derechos
civiles.
Pero se debe reconocer en los textos jurídicos como persona
a todo individuo de
la especie humana para proteger aquellos derechos que son inherentes a
la
dignidad de la naturaleza humana: en concreto el derecho a la vida, que
en la
etapa previa al nacimiento se concreta en el derecho a nacer. Por ello,
no hay
problema en decir que los hombres concebidos y no nacidos son personas
y gozan
del derecho a nacer y a que su vida sea defendida.
En nuestra opinión este es el sentido en
que
deben interpretarse las Declaraciones de Derechos y las normas
jurídicas para
que verdaderamente ningún individuo de la especie humana
–persona- quede fuera
del reconocimiento del derecho fundamental a la vida.
VIII.
Los
firmantes de este manifiesto pedimos a
quienes ejercen la responsabilidad de la interpretación y
aplicación de los
derechos humanos que defiendan el derecho a
nacer de las personas y que promuevan en los
Estados, instituciones y en
la opinión pública, la lucha contra el aborto
provocado, verdadero genocidio
más horrible que los que hemos sufrido en el siglo XX. |
III. This
mentality must give way to defending the right to be born for all men
and
women, regardless of the circumstances in which their life is
developed. IV. The right to birth is based on biological, philosophical and legal reasons.
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